Abogados en Compraventa de Inmuebles en Madrid

Comprar o vender una vivienda exige contar desde el inicio con un abogado especialista para evitar problemas futuros.

  • Seguridad jurídica total: Revisamos cargas, deudas y la situación registral del inmueble antes de que firmes nada, para que no heredes hipotecas, embargos ni sorpresas ocultas.
  • Tu dinero protegido en cada fase: Redactamos y revisamos el contrato de arras, el contrato privado de compraventa y la escritura pública para blindar cada cantidad que entregas.
  • Acompañamiento de principio a fin: Desde la reserva hasta la firma ante notario, con un único interlocutor que defiende exclusivamente tus intereses.

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Más de 25 años protegiendo compradores y vendedores

Un cuarto de siglo dedicado en exclusiva al derecho inmobiliario significa que ya hemos visto —y resuelto— el tipo de problema que a ti te preocupa: arras mal redactadas, cargas ocultas, cláusulas abusivas o denegaciones de hipoteca. Colegiación en el ICAM y experiencia real, no promesas.

Especialización real en derecho inmobiliario y de la construcción

No somos un despacho generalista que también lleva compraventas. Es nuestra materia. Nuestra dirección es autora de un libro de referencia sobre la materia, y esa profundidad técnica es la que detecta el detalle que a otros se les escapa y que a ti podría costarte miles de euros.

Un abogado que solo responde ante ti

La inmobiliaria trabaja para cerrar la venta y el banco para colocar su hipoteca. Nosotros trabajamos para una sola parte: la tuya. Revisamos el contrato de compraventa, la escritura y las condiciones con independencia absoluta, buscando únicamente proteger tu operación.

Abogados especializados en compraventa

Cómo te acompañamos en todo el proceso

Te acompañamos en cada fase de la compraventa, sin lagunas:

  1. Reserva y arras. Redactamos o revisamos el contrato de reserva y el contrato de arras, con las cláusulas que protegen tu señal (incluida la cláusula suspensiva si depende de una hipoteca).
  2. Comprobaciones previas. Analizamos la nota simple del Registro para confirmar que la vivienda está libre de cargas y deudas.
  3. Contrato y escritura. Preparamos el contrato privado de compraventa de vivienda y revisamos la escritura pública antes de la firma.
  4. Impuestos y gastos. Calculamos y planificamos ITP o IVA, plusvalía municipal e IRPF para que no haya sustos con Hacienda.
  5. Firma ante notario. Te acompañamos a la notaría el día de la firma para que todo se cierre correctamente.

El contrato de compraventa y la escritura pública

Firmar un contrato privado de compraventa no es lo mismo que otorgar la escritura pública ante notario, y confundirlos puede salir caro. El contrato privado obliga a las partes desde que se firma; la escritura es la que permite inscribir la vivienda a tu nombre en el Registro de la Propiedad y darte plena protección frente a terceros.

Nos aseguramos de que cada documento contenga lo que debe —identificación correcta del inmueble, precio y forma de pago, reparto de gastos, estado de cargas, plazos y condiciones— y de que ambos encajen sin contradicciones. Si buscas un modelo de contrato, aquí encontrarás algo más valioso: qué debe decir tu contrato para protegerte de verdad.

Cláusulas abusivas en contratos de compraventa entre promotor y comprador

Por qué la compraventa necesita un abogado (y no solo una inmobiliaria)

En una compraventa intervienen muchas partes, pero casi ninguna trabaja para ti. La agencia cobra cuando se cierra la operación; el banco quiere colocar su hipoteca; el vendedor busca el mejor precio. Todos tienen un interés legítimo, pero ninguno coincide del todo con el tuyo.

El notario, por su parte, da fe de lo que se firma, pero no negocia por ti ni revisa si el precio, las cláusulas o los plazos te convienen. Su función es formal, no de asesoramiento de parte.

Ahí está el hueco que cubre un abogado de compraventa: alguien técnicamente preparado, sin conflicto de interés, cuya única misión es que tú firmes seguro. Detectar una carga oculta, una cláusula de penalización desequilibrada o un reparto de gastos injusto antes de la firma cuesta una fracción de lo que cuesta resolverlo después en un juzgado.

Consulta sin compromiso

Cuéntanos tu caso y te diremos con claridad cómo protegerte. Sin letra pequeña y sin compromiso. Tanto si estás a punto de firmar unas arras como si acabas de detectar un problema, cuanto antes hablemos, más fácil será resolverlo.

3 razones para contratar nuestro servicio

1. Más de 25 años protegiendo compradores y vendedores

Un cuarto de siglo dedicado en exclusiva al derecho inmobiliario significa que ya hemos visto —y resuelto— el tipo de problema que a ti te preocupa: arras mal redactadas, cargas ocultas, cláusulas abusivas, vicios en la construcción o denegaciones de hipoteca de última hora. Estamos colegiados en el ICAM (Ilustre Colegio de Abogados de Madrid) y respondemos con experiencia real, no con promesas. Cuando llevas tantos años en la misma materia, aprendes a anticipar el problema antes de que aparezca.

2. Especialización real en derecho inmobiliario y de la construcción

No somos un despacho generalista que «también» lleva compraventas. Es nuestra materia principal. Nuestra dirección es autora de un libro de referencia sobre derecho inmobiliario, y esa profundidad técnica —conocer al detalle los artículos del Código Civil sobre arras, el régimen de cargas registrales, la fiscalidad de la operación o la responsabilidad por vicios ocultos— es la que detecta el matiz que a otros se les escapa y que a ti podría costarte miles de euros.

3. Un abogado que solo responde ante ti

La inmobiliaria trabaja para cerrar la venta y el banco para colocar su hipoteca. Nosotros trabajamos para una sola parte: la tuya. Revisamos el contrato de compraventa, la escritura y todas las condiciones con independencia absoluta, sin comisiones cruzadas ni acuerdos con la otra parte. Nuestro único objetivo es proteger tu operación y tu dinero.

El contrato de compraventa y la escritura pública

Firmar un contrato privado de compraventa no es lo mismo que otorgar la escritura pública ante notario, y confundirlos puede salir caro.

El contrato privado obliga a comprador y vendedor desde el momento en que se firma: fija el precio, los plazos y las condiciones, y da derecho a exigir su cumplimiento. Pero por sí solo no basta para inscribir la vivienda a tu nombre en el Registro de la Propiedad.

La escritura pública de compraventa, otorgada ante notario, es la que permite esa inscripción registral y te da plena protección frente a terceros: frente a un embargo posterior contra el vendedor, frente a una segunda venta o frente a cualquiera que pretenda tener derechos sobre el inmueble.

Nos aseguramos de que cada documento contenga lo que debe —identificación correcta del inmueble, precio y forma de pago, reparto de gastos, estado de cargas, plazos y penalizaciones— y de que ambos encajen sin contradicciones entre sí.

Errores frecuentes que evitamos

La mayoría de los problemas graves en una compraventa nacen de detalles que parecían menores. Estos son algunos de los que detectamos y prevenimos:

  • Firmar arras sin cláusula suspensiva y perder la señal cuando el banco deniega la hipoteca.
  • Comprar un inmueble con cargas ocultas que el comprador acaba asumiendo.
  • Contratos privados ambiguos en plazos, penalizaciones o reparto de gastos que terminan en conflicto.
  • Sorpresas fiscales: descubrir después el importe real de ITP, plusvalía o IRPF.
  • Escrituras que no coinciden con lo realmente pactado en el contrato privado.
  • Deudas de comunidad o IBI pendientes que se trasladan al nuevo propietario.
Servicios

Abogado para la compraventa de Inmuebles

Contrato de arras

El contrato de arras es un documento clave en la compraventa de un inmueble, ya que recoge el compromiso entre comprador y vendedor antes de firmar la escritura pública. En él se establecen aspectos esenciales como el precio de venta, la cantidad entregada como señal, los plazos para formalizar la operación y las consecuencias en caso de incumplimiento. Por eso, es fundamental revisarlo con detalle antes de firmar, ya que una cláusula mal redactada puede generar pérdidas económicas, conflictos o dificultades para completar la compraventa con seguridad.

Due Diligence inmobiliaria

La Due Diligence inmobiliaria permite analizar en profundidad la situación legal, registral, urbanística y económica de un inmueble antes de cerrar la operación. Este proceso ayuda a comprobar si existen cargas, deudas, limitaciones, problemas de titularidad, irregularidades urbanísticas o cualquier circunstancia que pueda afectar a la compra. Realizar esta revisión previa ofrece mayor seguridad al comprador y permite tomar decisiones con información clara, evitando riesgos que podrían aparecer después de la firma.

Recuperación de arras y denegación de hipoteca

Las arras y la denegación de hipoteca deben tratarse con especial cuidado antes de firmar cualquier compromiso de compraventa. Si el comprador necesita financiación, es recomendable incluir una cláusula que prevea qué ocurre si el banco no concede la hipoteca, ya que, sin esa protección, podría perder la cantidad entregada como señal. Una redacción adecuada del contrato permite evitar conflictos, proteger al comprador y dejar claras las consecuencias si la operación no puede formalizarse por falta de financiación.

Gastos e impuestos de la copraventa

Los gastos e impuestos de la compraventa son un aspecto esencial que debe calcularse antes de firmar, tanto para el comprador como para el vendedor. En una operación inmobiliaria pueden intervenir impuestos como el ITP o el IVA, la plusvalía municipal, los gastos de notaría, registro, gestoría y otros costes asociados a la financiación. Revisar previamente quién debe asumir cada gasto y cuál será el importe aproximado permite evitar sorpresas económicas y planificar la compraventa con mayor seguridad.

Revisión de cargas / nota simple

La revisión de cargas y de la nota simple es un paso imprescindible antes de comprar un inmueble, ya que permite conocer su situación registral y comprobar quién es el titular, si existen hipotecas, embargos, servidumbres, afecciones fiscales u otras limitaciones que puedan afectar a la operación. Analizar esta información antes de firmar ayuda a detectar riesgos, negociar con mayor seguridad y evitar que el comprador asuma problemas legales o económicos que no conocía.

Contrato de reserva

El contrato de reserva es un acuerdo previo a la compraventa en el que el comprador muestra su interés por adquirir el inmueble y entrega una cantidad para que la propiedad quede reservada durante un plazo determinado. Este documento debe indicar con claridad el precio, la cantidad abonada, el tiempo de reserva, las condiciones para continuar con la operación y qué ocurre si alguna de las partes decide no seguir adelante. Revisarlo antes de firmar ayuda a evitar confusiones y protege al comprador frente a compromisos poco claros o condiciones desfavorables.

Revisión del contrato privado de compraventa

En Tu Abogado Inmobiliario revisamos el contrato privado de compraventa antes de su firma para detectar cláusulas perjudiciales, comprobar las cargas del inmueble y verificar que el precio, los pagos, los plazos y las obligaciones reflejen correctamente lo acordado. Nuestro asesoramiento protege tus intereses y ayuda a prevenir conflictos o pérdidas económicas durante la operación.

Revisión de la escritura pública de compraventa

En Tu Abogado Inmobiliario revisamos la escritura pública de compraventa antes de su firma para comprobar que refleje correctamente lo acordado, que el inmueble se transmita en las condiciones previstas y que no existan cargas, errores o cláusulas que puedan perjudicarte. Nuestro asesoramiento te permite acudir a la notaría con mayor seguridad y pleno conocimiento de la operación.

Revisión de la escritura de préstamo hipotecario

En Tu Abogado Inmobiliario revisamos la escritura de préstamo hipotecario antes de su firma para comprobar que las condiciones sean claras y que no existan cláusulas abusivas o perjudiciales. Analizamos intereses, comisiones, gastos, productos vinculados y posibles penalizaciones para proteger tus derechos y ayudarte a firmar con mayor seguridad.

FAQs

Preguntas Frecuentes

¿En qué momento debo contratar a un abogado para la compraventa?

Cuanto antes, mejor: idealmente antes de firmar las arras. Ese es el momento en que se comprometen cantidades y se fijan condiciones difíciles de cambiar después. Revisar el contrato antes de firmarlo evita casi todos los problemas; intervenir cuando el conflicto ya existe es más caro y más incierto. Si ya has firmado algo, no esperes: todavía podemos ayudarte a proteger tu posición.

El contrato privado obliga a comprador y vendedor desde su firma, pero no basta para inscribir la vivienda a tu nombre. La escritura pública, otorgada ante notario, es la que te permite acceder al Registro de la Propiedad y quedar protegido frente a terceros (embargos posteriores, dobles ventas, etc.). Revisamos ambos documentos para que sean coherentes entre sí y te den seguridad completa.
Para inscribir la compraventa en el Registro de la Propiedad sí necesitas escritura pública ante notario, y la inscripción es lo que te da plena protección. Te acompañamos el día de la firma para comprobar que todo se ajusta a lo pactado, que los pagos y cancelaciones se realizan bien y para resolver cualquier duda en el momento, de modo que no firmes nada que no entiendas.
Sí. Asesoramos a compradores y vendedores, y también a inversores y empresas. Cada parte tiene intereses distintos, y defendemos únicamente los de nuestro cliente, sin conflictos con la inmobiliaria ni con la otra parte de la operación.
Depende de cómo estén redactadas las arras. Si el contrato incluye una cláusula suspensiva condicionada a la concesión de la hipoteca, puedes recuperar la señal; si no la incluye, el riesgo de perderla es real. Por eso insistimos en revisar las arras antes de firmar. Si ya te encuentras en esta situación, estudiamos tu caso para buscar la mejor salida posible.
El comprador paga ITP (vivienda de segunda mano) o IVA (obra nueva), más los gastos de notaría, registro y gestoría. El vendedor asume la plusvalía municipal y el IRPF por la ganancia patrimonial, si la hay. En algunos casos existen exenciones (reinversión en vivienda habitual, mayores de 65 años, vivienda heredada) que planificamos para que no pagues de más.

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