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Etiqueta: defectos construcción
Cinco consejos a seguir si sufres defectos de construcción

Te vamos a dar cinco consejos muy básicos y sencillos para que sepas cómo actuar si en tu vivienda nueva aparecen vicios o defectos de construcción. No caigas en “parálisis por análisis” ya que el tiempo es oro. Lo importante es ser coherente con los pasos a dar para que todas las piezas encajen perfectamente si al final te ves obligado a acudir a los Tribunales a exigir la reparación de los defectos o su equivalente económico.
DEFECTOS DE CONSTRUCCIÓN Y REPARTO DE CULPAS ENTRE PROMOTOR, CONSTRUCTOR Y ARQUITECTOS

La construcción es un sector complejo en el que intervienen diferentes agentes, cada uno con los derechos y obligaciones que la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE) le atribuye, bajo diferentes contratos suscritos con el promotor de las obras. Pero, en caso de aparición de defectos constructivos ¿todos los agentes responden de igual forma o es posible determinar el porcentaje de culpa que cada uno tiene sobre los daños causados? La LOE establece en su artículo 17.2 que la responsabilidad civil será exigible en forma“personal” e “individualizada”. Pero, en la práctica, ¿es siempre así?
DEFECTOS DE CONSTRUCCIÓN. PLAZOS DE GARANTÍA DE LA LEY DE ORDENACIÓN DE LA EDIFICACIÓN

No por conocido deja de ser sumamente importante y de ahí que convenga periódicamente efectuar un recordatorio sobre los plazos de garantía que establece la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE) en función de la diferente entidad de los vicios o defectos que se manifiesten. El artículo 17.1 de la citada Ley hace responsable a los agentes que intervengan en el proceso constructivo frente a los propietarios y terceros adquirentes de los daños materiales que se manifiesten dentro de los siguiente plazos:
Defectos de construcción. Cómo hacer que responda el arquitecto y/o el constructor que no han sido demandados inicialmente

Lo habitual en los procedimientos judiciales de vicios odefectos de construcciónpara minimizar riesgos es demandar únicamente al promotor salvo que se cuente con un informe pericial que determine con exactitud el agente o agentes responsables de cada una de las patologías.
